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COLEGIO PARROQUIAL
DEL INMACULADO CORAZÓN DE MARÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR AÑO 2023
acompañe al grupo que tiene a su cargo y así garantizar la atención inmediata en la salud física y mental de los
involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia e
informar a la coordinación de convivencia del colegio para que continúe con el protocolo
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades
administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.
3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación
de la cual se dejará constancia.
4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. actuación
de la cual se dejará constancia.
5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan
exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y
demás derechos.
6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de
los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo;
así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación
reportada; remitir a orientación y/o capellanía si el caso lo amerita y si los padres de familia lo autorizan.
7. El rector como presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité,
sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar
si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del decreto 1965 de
2013.
8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la
cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
9. El rector como presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que
para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para
la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del decreto1965 de 2013.
TIPO DE FALTA III MUY GRAVE
SITUACION
Corresponde a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos
contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000,
o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente y que se
relacionan a continuación:
DEL VALOR DEL RESPETO
72. Agresión física premeditada con daños al cuerpo.
73. Utilizar objetos, armas o sustancias que pongan en riesgo la integridad física personal y/o de otras.
74. Comercializar, portar armas y/o sustancias psicoactivas. (depresores, estimulantes alucinógenos y/o
mixtos)
75. Mantener o protagonizar actos sexuales, caricias o besos con menores de catorce (14) años o
desarrollarlos con mayores de catorce años, en presencia de menores de catorce (14) años, que, a la
luz del código penal colombiano, se tipifican como actos sexuales abusivos.
76. Ejercer violencia sexual entendida como todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un
niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o
emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder
existentes entre víctima y agresor.
77. Reincidir en el consumo y/o porte de bebidas embriagantes y/o alucinógenas dentro y fuera de la
Institución, afectando la imagen del colegio.
Cometer cualquier tipo de falta relacionada con la Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la
Adolescencia.
“Formar excelentes seres humanos, auténticos cristianos y verdaderos servidores de la sociedad” 50

