Page 49 - Manual de convivencia 2022 - Incodemar
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COLEGIO PARROQUIAL
DEL INMACULADO CORAZÓN DE MARÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR AÑO 2023
deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y
videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
63. Portar objetos, armas, líquidos y/o sustancias psicoactivas que pongan en riesgo su integridad física
y/o la de sus compañeros.
64. Presentarse a cualquier actividad escolar y/o clase en estado de embriaguez o bajo el efecto de
sustancias psicoactivas.
65. Compartir material en las clases y/o actividades, que contengan temáticas de tipo ilegal o considerada
improcedente (apología del terrorismo, pornografía infantil, warez, etc.), así como también el envío de
virus informáticos o causar daños a los recursos técnicos y tecnológicos utilizados para los encuentros
virtuales o sincrónicos.
66. Suplantar a compañeros o a otros integrantes de la institución o hacerse suplantar en las clases y/o
actividades para evadir responsabilidades académicas disciplinarias.
67. Participar en agresiones electrónicas (sexting), subiendo fotos o videos íntimos o humillantes en internet
y/o difamar el buen nombre de cualquier miembro de la comunidad educativa a través de diferentes
redes sociales.
68. Presentar acoso escolar (Bullyng) definido como una conducta negativa, intencional metódica y
sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento
deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico
o por medio electrónico contra un niño, niña o adolescente,, por parte de un estudiante o varios de sus
pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a
lo largo de un tiempo determinado.
69. Presentar ciberacoso escolar (Ciberbullying) definido como toda forma de intimidación con uso
deliberado de tecnologías de la información (Internet, redes sociales virtuales, teléfonos móviles y
videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
70. Consumir cigarrillos, licor o sustancias psicoactivas dentro o fuera de la institución.
71. Apropiarse de la información (tanto digital, impresa u oral) desconociendo la autoría intelectual.
Proceso disciplinar
1 vez 2 vez
Transición a tercero Registrar la situación debidamente tipificada en el
Comunicación a los padres de familia y/o acudientes, acompañamiento estudiantil, describiendo el suceso o el
manifestando la situación en que incurrió el estudiante, motivo por el cual actuó de esa manera y los compromisos
estableciendo compromisos a través de la agenda, de cambio. Adicionalmente se efectuará citación a los
plataforma y/o agenda virtual. padres de familia por medio de agenda física y/o agenda
virtual con el fin de notificar la situación y las medidas
Cuarto a once pedagógicas tomadas por el colegio.
Registrar la situación debidamente tipificada en el El caso se remitirá al comité de convivencia y consejo
acompañamiento estudiantil, describiendo el suceso o el directivo.
motivo por el cual actuó de esa manera y los compromisos
de cambio.
Adicionalmente se efectuará citación a los padres de
familia por medio de agenda física y/o agenda virtual con
el fin de notificar la situación y las medidas pedagógicas
tomadas por el colegio.
El caso se remitirá al comité de convivencia.
Parágrafo 1: Los estudiantes que incurren en una falta tipo dos firmaran compromiso convivencial, de tener ya este
compromiso firmado anteriormente se realizara firma de matrícula condicionada.
Parágrafo 2: En caso de los estudiantes que tengan dificultades con las faltas tipo II, su desempeño será bajo en la
valoración convivencial.
Proceso convivencial
En este tipo de falta quien realiza el protocolo y acompañamiento es el docente primer respondiente, con quien
se presenta la situación, quien a su vez remitirá la situación a coordinación de convivencia.
Corresponde a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la
libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando
constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.
1. En caso de daño al cuerpo o a la salud (primer respondiente) apoyándose en el adulto más cercano para que
“Formar excelentes seres humanos, auténticos cristianos y verdaderos servidores de la sociedad” 49

