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COLEGIO PARROQUIAL
                DEL INMACULADO CORAZÓN DE MARÍA                  MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR AÑO 2023

                                                     Proceso disciplinar
         1 vez                                                 2 vez.
         Comunicar el hecho al director de curso y a coordinación   1.  Comprobado  el  hecho  se  define  el  grado  de
         de convivencia y anexar la presentación de hechos donde    responsabilidad de los implicados, la intencionalidad
         se registra lo observado por el docente. El coordinador de   y sus consecuencias.
         convivencia:                                            2.  El  proceso  convivencial  del  estudiante  será
           1.  Dialogará con el estudiante.                         determinado por el consejo directivo y si el caso lo
           2.  Levantará  presentación  de  hechos  del  estudiante   amerita se procede a la cancelación del cupo.
            avalado por el acudiente.
           3.  Citará al acudiente.
           4.  Remitirá al estudiante a orientación.
           5.  Informará a rectoría sobre la situación.
           6.  remitirá el caso a Comité de Convivencia.
           7.  Registrará la situación en el observador.
           8.  Remisión del caso al consejo directivo.
         Parágrafo: En caso de los estudiantes que tengan dificultades con las faltas tipo III, su desempeño será bajo en la
         valoración convivencial.
                                                    Proceso convivencial
         En este tipo de falta quien realiza el protocolo y acompañamiento es el docente primer respondiente, con quien
         se presenta la situación, quien a su vez remitirá la situación a coordinación de convivencia.
           1.  En casos de daño al cuerpo o a la salud, primer respondiente, apoyándose en el adulto más cercano
              para que acompañe al grupo que tiene a su cargo y así garantizar la atención inmediata en salud física
              y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual
              se dejará constancia.
           2.  Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados
              y al rector del colegio, actuación de la cual se dejará constancia.
           3.  El rector del colegio como presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el
              medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se
              dejará constancia.
           4.  No  obstante,  lo  dispuesto  en  el  numeral  anterior,  se  citará  a  los  integrantes  del  comité  escolar  de
              convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.
           5.  El rector del colegio presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el
              comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que
              pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como
              del reporte realizado ante la autoridad competente.
           6.  Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité
              escolar  de  convivencia  adoptará,  de  manera  inmediata,  las  medidas  propias  del  establecimiento
              educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le
              atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada,
              actuación de la cual se dejará constancia.
           7.  El rector del colegio como presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del
              caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de
              Convivencia Escolar.
           8.  Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de
              convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental
              de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó
              el hecho.
           9.  EL  consejo  directivo  hará  seguimiento  y  adoptará  acciones  pertinentes  afines  a  sus  funciones  y
              coherentes con la situación presentada. En todos los casos se tendrá en cuenta:
              ●  La edad del estudiante y su grado de madurez psicológica.
              ●  El contexto dentro del cual se cometió la falta.
              ●  Las condiciones personales y familiares del estudiante
              ●  La existencia de medidas de carácter preventivo en el colegio.
              ●  Las consecuencias prácticas que los correctivos puedan ocasionar al estudiante en su proyección de
                vida.


        “Formar excelentes seres humanos, auténticos cristianos y verdaderos servidores de la sociedad”           51
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