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COLEGIO PARROQUIAL
DEL INMACULADO CORAZÓN DE MARÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR AÑO 2023
ARTÍCULO 46 OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN
1. COMITÉ DE CONVIVENCIA.
El comité de convivencia escolar es un órgano que promueve la convivencia escolar, dirige acciones de
promoción, prevención y atención para el mejoramiento de la convivencia y la armonía institucional, previene el
maltrato y el acoso escolar y aplica los protocolos de atención.
1.1 CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
El Comité Escolar de Convivencia estará conformado por:
1. El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité o la persona delegada.
2. El personero estudiantil
3. La psicóloga del colegio.
4. El coordinador de convivencia.
5. El presidente del consejo de padres de familia
6. El presidente del consejo de estudiantes.
7. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
PARÁGRAFO: El Comité Escolar de Convivencia, podrá invitar con voz, pero sin voto a un miembro de la
comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.
1.2 FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
a. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes,
directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
b. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de
ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación
de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
c. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de
convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las
necesidades de su comunidad educativa.
d. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la
convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio
cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la
comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un
compañero del establecimiento educativo.
e. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley,
frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de
violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos
por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del
ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual
deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y
de la Ruta.
f. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia
escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
g. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y
presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De
Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la
“Formar excelentes seres humanos, auténticos cristianos y verdaderos servidores de la sociedad” 56

