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COLEGIO PARROQUIAL
                DEL INMACULADO CORAZÓN DE MARÍA                  MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR AÑO 2023

              Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el
              comité.

          h.  Proponer,  analizar  y  viabilizar  estrategias  pedagógicas  que  permitan  la  flexibilización  del  modelo
              pedagógico  y  la  articulación  de  diferentes  áreas  de  estudio  que  lean  el  contexto  educativo  y  su
              pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción
              de la ciudadanía.

        PARÁGRAFO:  Este  comité  debe  darse  su  propio  reglamento,  el  cual  debe  abarcar  lo  correspondiente  a
        sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el
        comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

       2.  CONSEJO ESTUDIANTIL.

          Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte
          de los educandos.
          Además de las funciones consagradas en el artículo 29 del decreto reglamentario 1860 de 1994, Para
          ocupar cualquier cargo directivo del Consejo de Estudiantes se requiere buen rendimiento académico y
          disciplinario, conocer el Manual de Convivencia, haber demostrado cualidades de liderazgo, conocer los
          criterios institucionales.
          El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario
          académico, asambleas integradas por los estudiantes que cursen cada grado, con el fin de que elijan de
          los respectivos cursos y mediante voto, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.

        2.1 CONFORMACIÓN DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

           Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento.
           Los estudiantes del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados
           a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

        2.2 FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

        Según el artículo 2.3.3.1.5.12. Del Decreto 1075 de 2015, le corresponde al Consejo de Estudiantes:

          a.  Darse su propia organización interna.

          b.  Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en
              el cumplimiento de su representación.

          c.  Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la
              vida estudiantil.

          d.  Las  demás  actividades  afines  o  complementarias  con  las  anteriores  que  le  atribuya  el  manual  de
              convivencia.

        2.3  RESPONSABILIDADES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

          Son responsabilidades del Consejo de Estudiantes, sus directivos y demás integrantes:

          a.  Promover y acompañar escenarios participativos de dialogo con estudiantes de diferentes niveles para la
              recolección  de  propuestas  y  socialización  de  los  resultados  del  proceso,  dando  cumplimiento  al
              cronograma de trabajo aprobado por el Consejo Directivo.
          b.  Difundir las propuestas de los demás estudiantes y acoger aportes, comentarios y observaciones.
          c.  Presentar un informe por periodo de sus actividades al Padre-Rector, Coordinadores y estudiantado en general.


        “Formar excelentes seres humanos, auténticos cristianos y verdaderos servidores de la sociedad”           57
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