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COLEGIO PARROQUIAL
                DEL INMACULADO CORAZÓN DE MARÍA                  MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR AÑO 2023

            c.  Al  finalizar  el  desarrollo  de  la  actividad  de  recuperación,  el(a)  estudiante  da  cuenta  del  nivel  de  la
               competencia adquirida a través de la sustentación que determina el juicio de valor del área.
            d. La  coordinación  académica  elabora  un  consolidado  de  los  resultados  de  las  valoraciones  de  las
               actividades de recuperación, el concepto de aprobación y lo remite a la empresa de sistematización para
               ser registrado en la plataforma y emitir el informe final.

       d.  ESTUDIANTES CON DESEMPEÑO SUPERIOR:  A partir de los resultados de formación se identifican los
           estudiantes con aprendizajes de desempeño superior en las distintas disciplinas, los cuales pueden acceder
           a formas de trabajo como:

            a.  Participar en el liderazgo de proyectos institucionales.
            b. Representar a la institución en eventos externos de carácter científico, tecnológico, deportivo y/o cultural.
            c.  Participar en programas, cursos de formación y/o capacitación.
            d. Ser monitor de área y colaborador en el desarrollo de aprendizajes de otros estudiantes.


        ARTÍCULO 54 CRITERIOS DE PROMOCIÓN
        La promoción de un grado a otro se determina con base en los promedios de resultados evaluativos de los
        cuatro  periodos,  de  acuerdo  con  la  obtención  de  las  competencias  y  desempeños  definidos  en  el  plan  de
        estudios y según los siguientes criterios:

            a.  Estudiantes que alcancen las competencias y desempeños en todas las áreas del plan de estudios, con
               valoración igual o superior a 3.5.
            b. En caso de obtener resultados con desempeño bajo en una o dos áreas, desarrollar actividades de
               recuperación y obtener una valoración igual o superior a 3.5.
            c.  Para los estudiantes de grado undécimo, haber presentado y aprobado el proyecto de investigación.
            d. Cumplir con el servicio social.

        PARÁGRAFO 1:

        De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del decreto 1290 de 2009 “Durante el primer período del año
        escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de  familia, recomendará  ante  el consejo
        directivo la  promoción anticipada  al grado siguiente  del estudiante  que  demuestre  un rendimiento  superior
        en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado  que cursa. La
        decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva en el registro escolar”.

        Un  estudiante  puede  ser  promovido  anticipadamente  si  al  finalizar  el  primer  periodo  los  resultados  de  sus
        desempeños o competencias son de nivel superior en todas las áreas y se destaca por su formación integral,
        sólo si los padres de familia y/o acudientes lo solicitan por escrito; en el caso de estudiantes del grado undécimo
        tener el certificado de servicio social y haber sido admitido en una universidad estatal. La solicitud será analizada
        por la comisión de evaluación y promoción, el consejo académico y el consejo directivo.

        Al ser favorable la promoción anticipada, la comisión de evaluación y promoción establece un plan de trabajo
        con tiempos específicos, para el abordaje de competencias y desempeños del grado actual y del siguiente al
        cual es promovido. Se firmarán compromisos por parte del estudiante, padres de familia y/o acudiente y la
        institución.

        PARÁGRAFO 2: El colegio garantiza el cupo para la continuidad del proceso formativo a los estudiantes no
        promovidos de 1º a 11º siempre y cuando se evidencie un proceso convivencial de un nivel alto o superior; para
        ello es necesario firmar un compromiso académico; los estudiantes no promovidos por segunda vez en el mismo
        grado no se renovará contrato de servicio educativo en el colegio.

        PARÁGRAFO  3:  Se  consideran  no  aprobados  los  estudiantes  que  se  encuentren  en  cualquiera  de  las


        “Formar excelentes seres humanos, auténticos cristianos y verdaderos servidores de la sociedad”           67
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