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COLEGIO PARROQUIAL
DEL INMACULADO CORAZÓN DE MARÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR AÑO 2023
siguientes situaciones:
a. Estudiantes con desempeño bajo en tres o más áreas.
b. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 15% de las actividades académicas
durante el año escolar.
c. Los estudiantes que no presenten o aprueben las actividades de recuperación, no podrán ser
promocionados para el siguiente año escolar.
ARTÍCULO 55 COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
1. CONFORMACIÓN: Se conforman cinco comisiones: transición a tercero, cuarto-quinto, sexto-séptimo,
octavo-noveno y décimo-undécimo. Las comisiones están integradas por los dinamizadores de curso, los
docentes que orientan las diversas áreas/asignaturas y un representante del personal directivo nombrado
por el rector, si se requiere para situaciones particulares. El consejo académico nombra el docente que
presidirá las reuniones de las comisiones, quien a su vez es integrante del comité de mejoramiento
académico del colegio.
2. FUNCIONES
a. Conocer el desempeño académico y de convivencia de los estudiantes por grado.
b. Analizar los casos de estudiantes con nivel académico de desempeño bajo en las diferentes áreas y/o
con dificultades de convivencia.
c. Actualizar las fichas de seguimiento a estudiantes.
d. Hacer recomendaciones generales y/o particulares a los docentes, estudiantes y/o padres de familia.
e. Elaborar las actas de reunión y hacer seguimiento a los acuerdos establecidos.
f. Resaltar los estudiantes que sobresalen de forma positiva.
3. GRADUACIÓN DE ESTUDIANTES
a. Los estudiantes que cumplan con los criterios de promoción, servicio social estudiantil y proyecto de
investigación, reciben su título de bachiller académico.
b. La ceremonia de graduación es un evento realizado a discreción del colegio, como reconocimiento a los
estudiantes que cumplen con el perfil del estudiante del colegio parroquial del Inmaculado Corazón de
María; por tal razón, se podrán graduar en ceremonia, solo los estudiantes del grado undécimo, que
determine el colegio una vez sea avalado por el rector.
ARTÍCULO 56 ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES
En la eventualidad de presentarse una posible inconsistencia como resultado de la aplicación del presente
sistema de evaluación en la dinámica escolar o que algún juicio valorativo no corresponda a su proceso
desarrollado debe acudir a la instancia en el siguiente orden.
• Docente de la asignatura
• Dinamizador(a) de curso
• Coordinador(a) académico(a)
• Comisión de evaluación
• Consejo académico
• Rector
• Consejo Directivo
Parágrafo: Los padres de familia y/o acudientes y estudiantes pueden presentar las evidencias que soporten
los argumentos o las inconsistencias, al ser favorable según concepto de la coordinación académica se hacen
las correcciones pertinentes y en los casos que se requiera un segundo evaluador, se asignará con el aval de
consejo académico Y del rector. Después de transcurridos ocho días hábiles de formalizado un registro o hecho,
y al no interponerse recurso alguno se asume como aceptado.
“Formar excelentes seres humanos, auténticos cristianos y verdaderos servidores de la sociedad” 68

